Son faltas graves que dan lugar a destitución
Solicitar o recibir, directamente o por interpuesta persona, gratificaciones, dádivas o recompensas como contribución o pago por actos inherentes al cargo que se desempeña.
Se presume contribución o pago para efectos de artículo anterior, las sumas que reciban, los parientes del funcionario, hasta un cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Solicitar o aceptar comisiones en dinero o en especie por concepto de actuaciones relacionadas con la adquisición de bienes o servicios para la Contraloría General de la República, con la venta de bienes o servicios de éste o con la adquisición o venta de bienes o servicios de las entidades bajo su control.
Interesarse en provecho propio o de terceros en cualquier clase de contrato u operación que celebre la Contraloría o celebrar contratos de prestación de servicios con el Estado mientras se está en ejercicio del cargo.
Asociarse por cualquier título y bajo cualquier nombre, a empresas o personas que contraten con la Contraloría o con el organismo que se controla.
Prestar a título, oneroso servicios de asesoría o de asistencia en trabajos relacionados con las funciones propias de su empleo.
Obtener préstamos o contraer obligaciones con personas naturales a jurídicas con las cuales se tengan relaciones en razón del cargo que se desempeña. 8 Obtener sin autorización escrita y previa del Contralor o de los funcionarios en quienes se haya delegado esta función, préstamos o garantías de organismos crediticios, con los cuales tenga relación la Contraloría. 9. Realizar o permitir actos de fraude en relación con el reconocimiento y pago de salarios, indemnizaciones, auxilios, bonificaciones o prestaciones sociales. 10. Adquirir por cesión o compra derechos o prestaciones de otros empleados o ex-empleados de la Administración. 11. Cobrar o recibir sin derecho cualquier suma en dinero por sueldos, bonificaciones por servicios o comisiones que no se hayan cumplido, o por un término mayor del empleado en su realización, remuneraciones adicionales, prestaciones, subsidios u otros conceptos, aunque el pago se efectúa por error de la entidad. 11. Expedir certificaciones y constancias que no correspondan a la verdad de los hechos certificados. 12. Cometer o encubrir, excusar o permitir, en cualquier forma, conductos que atenían gravemente contra los intereses de la Contraloría o de la Administración Pública en general. 13. Desempeñar otro u otros empleos públicos, salvo que se trate de excepciones consagradas en las leyes. 14. Desarrollar actividades partidarias. Se entiende por tales: a). Aceptar la designación a formar parte de directorios o comités de partidos políticos, aun cuando no se ejerzan las funciones correspondientes; b) Intervenir en la organización de manifestaciones públicas de los partidos políticos; c) Pronunciar discursos o conferencias de carácter político o comentar por medio de periódicos, noticieros de radio o televisión u otros medios de información, temas de la misma naturaleza; c) Tomar en cuenta la filiación política de los ciudadanos para darles un tratamiento de favor o para ejercer discriminaciones en su contra; e) Coartar por cualquier clase de influencia o presión la libertad de opinión o de sufragio de los subalternos; f) Hacer descuentos o retenciones de sueldos o salarios con destino a los fondos de los partidos políticos o para cualquier finalidad de carácter partidario; g) Presentar su nombre o aceptar su postulación para las corporaciones públicas. 15. Declarar huelgas o paros, apoyarlos o intervenir en ellos. 16. Tomar parte en motines o mítines, o en cualquier otro hecho que perturbe la tranquilidad o el orden público, o dificulte su restablecimiento. 17. Poner en circulación volantes destinados a alterar el orden público. 18. Irrespetar, amenazar o provocar a las autoridades legítimamente contituidas.<sic> 19. Protagonizar reuniones tumultuosas para perturbar el normal desarrollo de las actividades sociales. 20. Organizar reuniones públicas sin el cumplimiento de los requisitos legales. 21. Obstaculizar el tránsito de personas o vehículos en vías públicas. 22. Escribir, colocar o dibujar leyendas ultrajantes, o que inciten a quebrantar la ley o desconocer la autoridad legítimamente constituida. 23. Dejar de asistir al trabajo durante tres o más días consecutivos, sin autorización superior, a menos que pruebe caso fortuito o fuerza mayor. 24. Divulgar asuntos relacionados con el servicio, que por su naturaleza de reserva puedan perjudicar a la Contraloría o a la Administración. 25. Hacer descuentos o retenciones de sueldos o salarios no autorizados por la ley. 26. Aceptar, sin permiso del Contralor cargos, obsequios, invitaciones o cualquiera otra clase de prebendas provenientes de entidades nacionales o extranjeras o de otros gobiernos. 27. Comprar nóminas o prestar dineros en la Contraloría o en el onanismo bajo su control, con intereses extralegales. 28. Presentase al trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de narcóticos o de drogas enervantes. 29. Ejecutar actos contra la moral en los sitios de trabajo. 30. Ejecutar actos de violencia o malos tratos contra directivos, subalternos o compañeros de trabajo. 31. Causar intencionalmente daño material a los edificios, obras, maquinaria, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo. 32. Realizar actividades incompatibles con el decoro del cargo, su desempeño, o con el respeto y lealtad debidos a la entidad, y a la Administración Pública. 33. Observar una conducta pública o privada, contraria a la condición de funcionario o que pueda comprometer la dignidad de la Contraloría o a la confianza del público en ella. 34. Reincidir en faltas que hayan dado lugar a suspensión mayor de diez (10) días. 35. Haber ocultado informaciones en la hoja de vida que hubieran podido influir negativamente para su vinculación a la Contraloría. 36. Percibir de las entidades vigiladas prestaciones en dinero o en especie. 37. Tener por sí o por interpuesta persona intereses de tal naturaleza que puedan comprometer su independencia en instituciones sometidas a su control. 38. Los demás actos u omisiones a los cuales las leyes den el carácter de causal de mala conducta.