Micelio

Artículo 4

La Elección De Miembros De Las Cámaras De Comercio, Donde Sólo Pueden Votar Los Afiliados, Únicamente Podrá Recaer En Comerciantes, Industriales, Agricultores, Ganaderos, Transportadores, Mineros, Etc

Decreto 3698 de 1948 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre elecciones de miembros de las Cámaras de Comercio

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La elección de miembros de las Cámaras de Comercio, donde sólo pueden votar los afiliados, únicamente podrá recaer en comerciantes, industriales, agricultores, ganaderos, transportadores, mineros, etc., que tengan el carácter de afiliados o que pertenezcan a sociedades colectivas o en comanditas, afiliadas a la misma Cámara.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3698 de 1948