Micelio

Artículo 17

Serán Causales Para La Pérdida De Las Becas De Los Alumnos, En El Curso General, Las Siguientes: A) La Pérdida Del Curso Al Finalizar El Año; B) Los Malos Cómputos Parciales Durante El Año, De Los Cuales Se Deduzca Que El Alumno Perderá El Curso, Y C) No Obtener Las Calificaciones Reglamentarias En Espíritu Miltar O Aptitud Para El Mando

Decreto 802 de 1952 · Por el cual se organizan los estudios en la Escuela Militar de Cadetes y se dictan otras disposiciones, en el ramo de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Serán causales para la pérdida de las becas de los alumnos, en el Curso General, las siguientes

a)

La pérdida del curso al finalizar el año;

b)

Los malos cómputos parciales durante el año, de los cuales se deduzca que el alumno perderá el curso, y

c)

No obtener las calificaciones reglamentarias en espíritu miltar o aptitud para el mando.

Parágrafo

Los alumnos que pierdan la beca, podrán seguir en la Escuela y repetir hasta un (1) año, en calidad de pensionistas. CAPITULO VII Nombramiento y denominaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 802 de 1952