Prohibición de exigencia simultánea. De ninguna manera podrán exigirse independientemente las obligaciones contenidas en el artículo anterior y las contempladas en el artículo 7° de la Ley 11 de 1984.
(Decreto número 982 de 1984, artículo 3°)
Prohibición De Exigencia Simultánea
Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Prohibición de exigencia simultánea. De ninguna manera podrán exigirse independientemente las obligaciones contenidas en el artículo anterior y las contempladas en el artículo 7° de la Ley 11 de 1984.
(Decreto número 982 de 1984, artículo 3°)
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.