Micelio

Artículo 27

Ninguno De Los Servicios Que Garantice Título Profesional Podrá Ser Organizado Por La Escuela Normal, Sin Previa Autorización Y Reglamentación, Por Parte Del Ministerio De Educación

Decreto 1955 de 1963 · Por el cual se reorganiza la educación normalista

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ninguno de los servicios que garantice título profesional podrá ser organizado por la Escuela Normal, sin previa autorización y reglamentación, por parte del Ministerio de Educación. La contravención al presente artículo ocasionará la nulidad de los títulos que se expidan. De los servicios a la comunidad

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1955 de 1963