º Para dar cumplimiento al artículo 4º de la Ley 122 de 1961, el Departamento Administrativo de Servicios Generales, de acuerdo con las normas del Código Fiscal relativas a la adquisición de bienes muebles e inmuebles para la Nación y mediante los demás trámites legales a que hubiere lugar, procederá a adquirir la casa que fue de propiedad del doctor Gilberto Alzate Avendaño, ubicada en la ciudad de Manizales, en el Barrio de "Versalles". Como también su biblioteca particular y las demás obras que considere necesarias con destino al "Museo Biblioteca Gilberto Alzate Avendaño"
Decreto 1924 de 1962 →Vigente
Artículo 1
Para Dar Cumplimiento Al Artículo 4º De La Ley 122 De 1961, El Departamento Administrativo De Servicios Generales, De Acuerdo Con Las Normas Del Código Fiscal Relativas A La Adquisición De Bienes Muebles E Inmuebles Para La Nación Y Mediante Los Demás Trámites Legales A Que Hubiere Lugar, Procederá A Adquirir La Casa Que Fue De Propiedad Del Doctor Gilberto Alzate Avendaño, Ubicada En La Ciudad De Manizales, En El Barrio De "versalles"
Decreto 1924 de 1962 · Por el cual se reglamenta la Ley 122 de 1961
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.