Micelio

Artículo 2

Decreto 1055 de 1954 · Por el cual se reglamentan los artículos 3° y siguientes del Decreto extraordinario número 124 del año en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. La demanda respectiva deberá llenar los siguientes requisitos

a)

Nombre del demandante o su representante si aquél no compareciere por sí mismo;

b)

Su vecindad y residencia actual;

c)

Lo que se solicita, expresando con claridad y precisión los hechos en que se funda, y

d)

Los fundamentos de derecho en que se apoya.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1055 de 1954