º Los contribuyentes que pertenecen a los Grupos por números 1, 2 y 3 y los incluidos en el artículo 5º del presente Decreto pagarán el total neto de su liquidación privada en tres (3) cuotas iguales, cuyos vencimientos serán los siguientes atendiendo a la primera letra de su primer apellido, así: Si la primera letra es: Julio Septiembre Noviembre A-B 13 1º 2 C-Ch 18 6 4 D-E F 19 8 8 G-H-I 21 16 17 J-K-L-LI-M 22 20 21 N-Ñ--O-P-Q 25 22 23 R-S 27 27 25 T-U-V-W-X-Y-Z 29 29 29
Artículo 7
Los Contribuyentes Que Pertenecen A Los Grupos Por Números 1, 2 Y 3 Y Los Incluidos En El Artículo 5º Del Presente Decreto Pagarán El Total Neto De Su Liquidación Privada En Tres (3) Cuotas Iguales, Cuyos Vencimientos Serán Los Siguientes Atendiendo A La Primera Letra De Su Primer Apellido, Así: Si La Primera Letra Es: Julio Septiembre Noviembre A-B 13 1º 2 C-Ch 18 6 4 D-E F 19 8 8 G-H-I 21 16 17 J-K-L-Li-M 22 20 21 N-Ñ--O-P-Q 25 22 23 R-S 27 27 25 T-U-V-W-X-Y-Z 29 29 29
Decreto 110 de 1983 · Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones de impuesto sobre la renta y para el pago de la liquidación privada correspondiente al año gravable de 1982
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.