Micelio

Artículo 13

Los Aspirantes A Ingresar A La Carrera Penitenciaria Mediante Curso De Formación Y, Durante El Tiempo En Que Se Desarrolla El Mismo, No Tendrán La Calidad De Funcionarios Públicos; Sus Derechos Y Obligaciones Serán Señalados Por El Ministerio De Justicia En La Resolución Que Convoque El Respectivo Curso

Decreto 2655 de 1973 · Por el cual se organiza la carrera penitenciaria y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los aspirantes a ingresar a la carrera penitenciaria mediante curso de formación y, durante el tiempo en que se desarrolla el mismo, no tendrán la calidad de funcionarios públicos; sus derechos y obligaciones serán señalados por el Ministerio de Justicia en la resolución que convoque el respectivo curso.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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