Micelio

Artículo 10

Modifíquese El Artículo 29 Del Decreto 2730 Del 29 De Julio De 2010, El Cual Quedará Así: "artículo 29

Decreto 2807 de 2010 · por el cual se modifica el Decreto 2730 del 29 de julio de 2010 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 29 del Decreto 2730 del 29 de julio de 2010, el cual quedará así: "Artículo 29. Modificaciones y Derogatorias. En virtud del presente Decreto se modifica el

Parágrafo 1

del Artículo 2 del Decreto 1514 de 2010 y se derogan el artículo 4° del Decreto 2687 de 2008 y el artículo 5° del Decreto 4670 de 2008: los artículos 9° y 11 del Decreto 2687 de 2010, una vez expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) la regulación de las subastas de que trata el artículo 2° del presente Decreto, se derogan los artículos 6°, 7° y 8° del Decreto 2687 de 2008 y los artículos 1° y 2° del Decreto 4670 de 2008; una vez el Ministerio de Minas y Energía modifique la Resolución 18 2349 de 2009 por la cual se establecen los procedimientos generales para el cálculo y determinación del Factor R/P de Referencia y se establezca la metodología de cálculo del Factor R/P de que trata el Literal b) del Literal, quedando derogado el artículo 13 del Decreto 2687 de 2008; y demás normas que sean contrarias al presente Decreto".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2807 de 2010