De la formación de posgrado. La formación de posgrado está dirigida al perfeccionamiento científico e investigativo de los educadores, a nivel de especialización, maestría, doctorado y posdoctorado en educación, en los términos del artículos 10 de la Ley 30 de 1992.
Corresponde a las universidades y demás instituciones de educación superior que posean una facultad de educación u otra unidad académica dedicada a la educación, ofrecer programas de formación de posgrado a los educadores, siempre y cuando se encuentren facultadas por la Ley o autorizadas por el Ministro de Educación Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 21 de la Ley 30 de 1992.
(Decreto 709 de 1996, artículo 6°).