° Establécese como Nota Adicional (3) del Capítulo 73 del Arancel de Aduanas, la siguiente: (3) Señalase un gravamen del dos por ciento (2%) advalorem a las chapas de hierro o acero laminado en frío de menos de 3 mm. de espesor comprendidas en el item 73.13.03.03 del Arancel de Aduanas que se importen para la fabricación de hojalata estañada, previo visto bueno del Ministerio de desarrollo Económico o de la entidad que este designe.
Decreto 1280 de 1975 →Vigente
Artículo 3
Establécese Como Nota Adicional (3) Del Capítulo 73 Del Arancel De Aduanas, La Siguiente: (3) Señalase Un Gravamen Del Dos Por Ciento (2%) Advalorem A Las Chapas De Hierro O Acero Laminado En Frío De Menos De 3 Mm
Decreto 1280 de 1975 · Por el cual se establece el gravamen arancelario para los vehículos importados por inválidos y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.