° El Departamento de Bolívar se dividirá en dos zonas integradas por los siguientes Municipios: PRIMERA ZONA Categoría especial. Cartagena. Primera categoría. 1 - Magangué 2 - Sincelejo. Segunda categoría. 1 - Arjona. 2 - Calamar. 3 - Carmen. 4 - María la Baja. 5 - San Onofre. 6 - Turbaco. Categoría especial. 1 - Providencia. 2 - San Andrés (Islas) . Tercera categoría. 1 - Mahates. 2 - Ovejas. 3 - San Estanislao. 4 - San Jacinto. 5 - San Juan Nepomuceno. 6 - Tolú. Cuarta categoría. 1 - Palmito. 2 - Ricaurte. 3 - Santa Catalina. 4 - Santa Rosa. 5 - Soplaviento. 6 - Toluviejo. 7 - Turbaná. 8 - Villanueva. SEGUNDA ZONA Primera categoría . 1 - Corozal. 2 - Mompós. Segunda categoría. 1 - Majagual. 2 - San Marcos. 3 - Sincé. 4 - Sucre. Tercera categoría. 1 - Bodega Central. 2 - Margarita. 3 - Palomino. 4 - Sampués. 5 - San Benito Abad. 6 - San Martín de Loba. Categoría especial. Achí. Cuarta categoría. 1 - Barranco de Loba. 2 - Caimito. 3 - Córdoba. 4 - Guamo. 5 - Morroa. 6 - San Fernando. 7 - San Pedro. 8 - Zambrano. Categoría especial. Simití.
Decreto 1907 de 1952 →Vigente
Artículo 4
El Departamento De Bolívar Se Dividirá En Dos Zonas Integradas Por Los Siguientes Municipios: Primera Zona Categoría Especial
Decreto 1907 de 1952 · Por el cual se legaliza un Acuerdo de la honorable Corte Electoral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.