º. La Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca, deberá presentar para la aprobación del Gobierno Nacional dentro del primer semestre de 1989 el proyecto de planta de personal, ajustado a lo dispuesto en el artículo 1º del presente Decreto.
Artículo 4
La Corporación Para La Reconstrucción Y Desarrollo Del Departamento Del Cauca, Deberá Presentar Para La Aprobación Del Gobierno Nacional Dentro Del Primer Semestre De 1989 El Proyecto De Planta De Personal, Ajustado A Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Presente Decreto
Decreto 41 de 1989 · Por el cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos de que trata el Decreto-Ley 1042 de 1978 y sus modificatorios, a la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca -CRC-, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
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Historia constitucional
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