Micelio

Artículo 14

Decreto 573 de 1988 · Por el cual se reglamenta los artículos 5º y 6º de la Ley 61 de 1987

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento Administrativo del Servicio Civil continuará el trámite de inscripción en la carrera administrativa o de actualización en el escalafón de los funcionarios que a la fecha de la vigencia del presente Decreto, tengan pendientes sus solicitudes formuladas con arreglo al Decreto 583 de 1984 y demás disposiciones que lo modifican y adicionan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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