Micelio

Artículo 15

Durante El Tiempo Que La Comisión En Referencia Esté Prestando Sus Servicios En Buenaventura, Tendrán Derecho Sus Miembros A Viáticos A Razón De Veinte Pesos ($ 20) Diarios, Para Cada Uno, Y A Gastos De Transporte

Decreto 2908 de 1948 · Por el cual se crean unos cargos en el Fondo de Fomento Municipal y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Durante el tiempo que la comisión en referencia esté prestando sus servicios en Buenaventura, tendrán derecho sus miembros a viáticos a razón de veinte pesos ($ 20) diarios, para cada uno, y a gastos de transporte. Los viáticos y gastos del delegado de la Contraloría General serán pagados por el Fondo de Fomento Municipal.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2908 de 1948