Micelio

Artículo 43

Ley 2197 de 2022 · Por medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese los numerales 6 al 12 al artículo 183 de la Ley 1801 de 2016. El cual quedará así:

Artículo 183. Consecuencias por el no pago de multas. Si transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa, esta no ha sido pagada con sus debidos intereses, hasta tanto no se ponga al día la persona no podrá:

1.

Obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas.

2.

Ser nombrado o ascendido en cargo público.

3.

Ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública.

4.

Contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado.

5.

Obtener o renovar el registro mercantil en las cámaras de comercio.

6 . Inscribirse a los concursos que apertura la Comisión Nacional del Servicio Civil.

7.

Acceder a permisos que otorguen las alcaldías distritales o municipales para la venta de bienes.

8.

Realizar trámites de las oficinas de tránsito y transporte.

9.

Acceder al mecanismo temporal de regularización que defina el Gobierno Nacional.

10.

Acceder a la conmutación de la multa tipo 1 y 2 por la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.

Las autoridades responsables de adelantar los trámites establecidos en el presente artículo deberán verificar que la persona que solicita el trámite se encuentra al día en el pago de las multas establecidas en el presente Código. Los servidores públicos que omitan esta verificación incurrirán en falta grave y a los que no ostenten esta calidad se les aplicará la multa tipo 4.

Parágrafo

El cobro coactivo de que trata la presente ley se regulará por lo dispuesto en el artículo 100, numeral 2 de la Ley 1437 de 2011.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2022
    C-386/22Constitucionalidad · «El Numeral 6 Del Artículo 43 De La Ley 2197 De 2022.»INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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