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Artículo 37

Contra Las Resoluciones Que Dicte El Director, En Todos Los Asuntos De Su Competencia, Solo Procederá El Recurso De Reposición, Surtido El Cual, Se Entenderá Agotada La Vía Gubernativa

Decreto 1421 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional del Transporte

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra las resoluciones que dicte el Director, en todos los asuntos de su competencia, solo procederá el recurso de reposición, surtido el cual, se entenderá agotada la vía gubernativa. Salvo que las normas vigentes dispongan, contra los actos que establezcan situaciones jurídicas generales no precede recurso alguno; contra los que contemple situaciones individuales y concretas solo procede el recurso de reposición, en la forma indicada, sin perjuicio de las acciones contencioso- administrativas a que hayan lugar. No será necesario interponer el recurso de reposición para intentar la acciones contencioso-administrativas que sean procedentes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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