Micelio

Artículo 1

Con El Objeto De Preparar El Personal Necesario Para El Funcionamiento Y Organización De La Quinta Arma Del Ejército, Establécese In Instituto Que Se Denominará Escuela Militar De Aviación

Decreto 2247 de 1920 · Por el cual se organiza la escuela Militar de Aviación en desarrollo de la Ley 126 de 1919

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con el objeto de preparar el personal necesario para el funcionamiento y organización de la quinta arma del Ejército, establécese in instituto que se denominará Escuela Militar de Aviación. Esta Escuela dependerá directamente del Ministro de Guerra, por conducto de la Sección de Aviación, se inaugurará el 1° de febrero de 1921, y constará de dos Secciones, A y B, que funcionarán la primera, en la capital de la República, y la segunda, en el lugar que designe el Ministerio de Guerra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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