P. artículo 229); e inasistencia alimentaria (C. P. artículo 223).
En consecuencia, la pena privativa de la libertad por la comisión del delito de violencia intrafamiliar será la vigente de cuatro (4) a ocho (8) años con los aumentos previstos en el artículo 33 de la Ley 1142 de 2007 , que modificó el artículo 229 de la Ley 599 de 2000 , Código Penal.