° De la remuneración por horas. Los profesores que prestan servicios por horas, tendrán las siguientes asignaciones básicas para cada hora de clase dictada: Denominación Asignación Básica Profesores docentes de grados 4 y 5 75.00 Profesores docentes de grados 6, 7 y 8 110.00 Profesores docentes de grados 9, 10 y 11 120.00 Profesores docentes de grados 12, 13 y 14 150.00 Profesores con título profesional que -presten servicios en colegios mayores, establecimientos de educación profesional no universitaria y en el Instituto Electrónico de Idiomas 165.00 Los médicos y odontólogos en servicio profesional que se les pague como profesores externos, recibirán una asignación básica por cada hora de servicio 190.00
Decreto 386 de 1980 →Vigente
Artículo 6
De La Remuneración Por Horas
Decreto 386 de 1980 · Por el cual se fijan asignaciones básicas mensuales correspondientes a los distintos grados del escalafón nacional docente y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.