Micelio

Artículo 8

La Comisión De Gasto Público Se Reunirá Ordinariamente Con La Periodicidad Que Ella Misma Determine, La Cual No Podrá Ser Inferior En Ningún Caso A Una Vez Por Mes, Y Extraordinariamente Por Convocatoria De Quien La Presida O Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público

Decreto 742 de 1985 · Por el cual se crea la Comisión de Gasto Público y se señalan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Comisión de Gasto Público se reunirá ordinariamente con la periodicidad que ella misma determine, la cual no podrá ser inferior en ningún caso a una vez por mes, y extraordinariamente por convocatoria de quien la presida o del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 742 de 1985