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Artículo 7

Recibido El Expediente Con Concepto De La Corte Suprema De Justicia, Tendrá El Ministerio De Gobierno Un Termino De Quince Días Para Dictar La Resolución En Que Se Conceda O Se Niegue La Extradición Solicitada

Decreto 2200 de 1938 · Sobre ejecución del Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Recibido el expediente con concepto de la Corte Suprema de Justicia, tendrá el Ministerio de Gobierno un termino de quince días para dictar la resolución en que se conceda o se niegue la extradición solicitada.

Parágrafo

El concepto negativo de la Corte Suprema de Justicia obligará al Gobierno; pero si fuere favorable a la extradición, lo dejará en libertad de obrar según las conveniencias nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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