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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Funcionamiento Deuda Pública Nacional

Decreto 2230 de 1967 · por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Congreso, Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional, y Educación Nacional y Ministerio Público), por $ 13.281.434.65.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Deuda Pública Nacional . CAPITULO 301. - DIVISION DE CREDITO PUBLICO Programa 361. - Deuda Externa . Documentos a la orden. Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Ferrocarril del Atlántico. Crédito 119-CO.510. Artículo 3008. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, de Washington, para financiar la construcción del Ferrocarril del Atlántico (ex Ferrocarril del Magdalena), de conformidad con el contrato de garantía solidaria celebrado el 15 de junio de 1955 y las autorizaciones de la Ley 17 de 1952 y los Decretos legislativos números 1007 y 1959 de1955, así: 301. 501. 1° Amortización $ 5.670.000 302. 505. 2° Intereses $ 6.980.000 990.000.000 303. 511. 3° Comisiones y gastos 25.000 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y Asociación Internacional de Fomento. Créditos 295 - CO y 5 - CO.510. Artículo 3010. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la Asociación Internacional de Fomento de Washington, en desarrollo de los contratos celebrados entre la República de Colombia, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la Asociación Internacional de Fomento, el 28 de agosto de 1961, para financiar la construcción de carreteras nacionales, en especial el II Plan Vial Nacional de Carreteras, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por los Decretos 2053 y 2054 de 1961,sxpedídos en virtud de la Ley 123 de 1959, así: 301. 501. 1° Amortización 123.118.000 302. 505. 2° Intereses 123.113.000 2.400.000.00 303. 511. 3° Comisiones y gastos. $ 10.000.000 Export Import Bank of Washington. Crédito 1673. 510. Artículo 3016. Servicio de la deuda contraída con el Export Import Bank of Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia y el Export Import Bank of Washington, de fecha 15 de Junio de 1961, de conformidad con el Decreto número 1258 - bis de 1961, expedido en virtud de la Ley 123 de 1959, así: 301. 501. 1° Amortización $ 80.820.000 302. 505. 2° Intereses 6.798.000 990.000.00 303. 511. 3° Comisiones y gastos. 20.000 Agencia para el Desarrollo Internacional. Crédito AID 514 - L - 025. 510. Artículo 3023. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development, de Washington, de conformidad con el contrato de fecha 26 de junio de 1963y en virtud de la autorización conferida al Gobierno Nacional por el Decreto número1415 - bis del 26 de junio de 1963, con base en la Ley 123 de 1959, para la obtención de recursos y financiación de planes de desarrollo económico y mejoramiento social y para contribuir al equilibrio de la Balanza de Pagos, así 302. 505. 1° Intereses 915.000 303. 511. 2° Comisiones y gastos 5.000 880.000.00 Agencia para el Desarrollo Internacional. Crédito AID 514 - L - 039 510. Artículo 3026. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Developmentde Washington, de conformidad con el contrato de julio 13 de 1964, celebrado en virtud de las Leyes 123 de 1959 y 9ª de 1962, para el desarrollo de un programa económico y social a largo plazo, así: 302. 505. 1° Amortización 3.735.000 302. 511. 2° Intereses 15.000 1.227.500.00 Comisiones y gastos 5.000 Agencia para el Desarrollo Internacional . Crédito AID 514 - L - 040 510. Artículo 3027. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development (A. I. D.), de Washington, de conformidad con el contrato de diciembre 23 de1964, celebrado en virtud de las Leyes 123 de1959, 9ª de 4962 y 12 de 1965, para un programa de desarrollo económico, así: 302. 505. 1° Intereses 1.107.500 303. 511. 2° Comisiones de gastos 5.000 1.112.500.00 Agencia para el Desarrollo Internacional. Crédito AID 514 - L - 044. 510. Artículo 3028. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development (A. I. D.), de Washington, de conformidad con el contrato de diciembre 20 de1965, celebrado en virtud de las Leyes 123 de1959, 9ª de 1962 y 12 de 1965, para un programa de desarrollo económico y social a largo plazo, así: 302. 505. 1° Intereses 8.975.000 1.600.000.00 302. 505. 2° Comisiones y gastos 15.000 Banco Interamericano de Desarrollo. Crédito 23 - CO. 510. Artículo 3029. Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo, de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo, para financiar la Sección de Proyectos Específicos del Departamento Administrativo de Planeación, de fecha 14 de octubre de 1961, en armonía con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 2483 de octubre 3 de 1961, expedido en virtud de la Ley 123 de 1959, así 301. 501. 1° Amortización 1.500.000 302. 505. 2° Intereses 258.000 1.700.000.00 302. 511. 3° Comisiones y gastos 5.000 U. S. A. Quinto Convenio. 510. Artículo 3030. Servicio de la deuda contraída con el Gobierno de los Estados Unidos de América de acuerdo con el contrato celebrado el día 27 de marzo de 1963 en virtud dela Ley 24 de 1959, para la compra de excedentes agrícolas, así: 301. 501. 1° Amortización 5.545.000 302. 505. 2° Intereses 438.000 1.281.434.65 302. 511. 3° Comisiones y gastos 5.000 U. S. A. Séptimo Convenio 510. Artículo 3031. Servicio de la deuda contraída con el Gobierno de los Estados Unidos de América, en desarrollo del contrato celebrado el 10 de marzo de 1966, entre la República de Colombia y los Estados Unidos, para financiar la compra de excedentes agrícolas, en virtud de las autorizaciones conferidas por la Ley 24 de 1959, así: 302. 505. 1° Intereses 2.458.000 302. 511. 2° Comisiones y gastos 5.000 1.100.000.00 Suman los contracréditos 13.281.434. 65

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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