Inspección, vigilancia y control. Corresponde a la Superintendencia de Subsidio Familiar, ejercer inspección, vigilancia y control, frente a los recursos que invierten las Cajas en la actividad de mercadeo.
En todo caso, la Superintendencia de Subsidio Familiar podrá ejercer el control previo cuando así lo considere, conforme lo dispone el parágrafo 1 del artículo 20 de la Ley 789 de 2002.
(Decreto número 2889 de 2007, artículo 5°)