° Créase, dependiente de la Oficina Nacional de Identificación Electoral el siguiente personal subalterno para la revisión de los Consos Electorales de las zonas de Bogotá, Barranquilla, Culi y Medellín, que trabajará bajo la inmediata dirección de los Inspectores de Cedulación de la respectiva zona: Bogotá. Dos Oficiales Ayudantes de los Inspectores de Cedulación a $ 200 cada uno $ 400.00 Dos Mecanógrafas a $ 150 cada una 300.00 Barranquilla. Dos Oficiales Ayudantes de los Inspectores de Cedulación a s 200 cada uno 400.00 Una Mecanógrafa 150.00 Cali. Dos Oficiales Ayudantes de los Inspectores de Cedulación a $ 200 cada uno 400.00 Una Mecanógrafa 150.00 Medellin Dos Oficiales Ayudantes de los Inspectores de Cedulación a $ 200 cada uno 400.00 Una Mecanógrafa 150.00
Decreto 27 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Créase, Dependiente De La Oficina Nacional De Identificación Electoral El Siguiente Personal Subalterno Para La Revisión De Los Consos Electorales De Las Zonas De Bogotá, Barranquilla, Culi Y Medellín, Que Trabajará Bajo La Inmediata Dirección De Los Inspectores De Cedulación De La Respectiva Zona: Bogotá
Decreto 27 de 1947 · Por el cual se reorganiza la Oficina Nacional de Identificación Electoral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.