Micelio

Artículo 22

Ley 756 de 2002 · por la cual se modifica la Ley 141 de 1994, se establecen criterios de distribución y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El 41 de la Ley 141 de 1994 , quedará así:

Artículo 41. Distribución de las compensaciones monetarias derivadas de la explotación de níquel . Las compensaciones monetarias estipuladas en los contratos para la explotación de níquel, se distribuirán así:

Departamentos productores

42.0%

Municipios o distritos productores

2.0%

Municipios o distritos portuarios

1.0%

Corporación Autónoma Regional

En cuyo territorio se efectúe la explotación

55.0%

Parágrafo

Las compensaciones monetarias por la explotación de níquel asignadas al departamento de Córdoba como departamento productor, se distribuirán entre los municipios no productores de la zona del San Jorge así:

Municipio de Puerto Libertador

9.0%

Municipio de Ayapel

8.0%

Municipio de Planeta Rica

8.0%

Municipio de Pueblo Nuevo

7.0%

Municipio de Buenavista

5.0%

Municipio de La Apartada

5.0%

Total

42.0%"

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2003
    C-251/03ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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