Micelio

Artículo 2

El No Estampillaje Oportuno De Las Pólizas Será Sancionado En La Forma Y Términos Preescritos Por Los Articulos 6º Y 9º Del Decreto-Ley Numero 92 De 1932

Decreto 2781 de 1953 · Por el cual se señala a las Compañías de Seguros de Impuesto de Timbre para las pólizas individuales de Seguros de Vuelo y se dicta una disposición en el ramo del Turismo Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º. El no estampillaje oportuno de las pólizas será sancionado en la forma y términos preescritos por los articulos 6º y 9º del Decreto-Ley numero 92 de 1932.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2781 de 1953