Micelio

Artículo 4

Si Se Estableciere Que Los Precios Declarados Por El Importador Son Inferiores A Los Normales, Se Dará Traslado De La (Sic) Actuado A La Jurisdicción Penal Aduanera Para Que A La Llegada De Las Mercancías Al País Sean Retenidas Y Se Adelante La Correspondiente Investigación Por El Delito De Contrabando A Que Pueda Haber Lugar

Decreto 178 de 1966 · Por el cual se toman medidas para prevenir y sancionar las infracciones al régimen de cambios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Si se estableciere que los precios declarados por el importador son inferiores a los normales, se dará traslado de la (sic) actuado a la jurisdicción penal aduanera para que a la llegada de las mercancías al país sean retenidas y se adelante la correspondiente investigación por el delito de contrabando a que pueda haber lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 178 de 1966