Micelio

Artículo 45

, Corresponderá A La Corte Suprema De Justicia De La República, O Al Tribunal Superior Que La Reemplace, Si Fuere Suprimida, Decidir, Si Ha Caducado O No El Privilejio

Decreto 185106181 de 1851 · Concediendo privilejio a los señores Manuel Cárdenas i Florentino González para abrir un canal que ponga en comunicacion los mares Atlántico i Pacífico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 45. En los casos 3. °, 4. ° i 5. ° , del articulo 43, corresponderá a la Corte Suprema de Justicia de la República, o al Tribunal superior que la reemplace, si fuere suprimida, decidir, si ha caducado o no el privilejio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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