De conformidad con el numeral 2 del artículo 260-5 del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.2.2.3.5. del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, el contenido del Informe País por País respecto a un Grupo Multinacional se reportará de la siguiente manera:
Tabla 1. Visión general del reparto de utilidades, impuestos y actividades económicas por jurisdicción fiscal
Encabezado:
-- Nombre del Grupo Multinacional
-- Año fiscal informado
-- Moneda utilizada
Casillas:
-- Jurisdicción Fiscal
-- Ingresos:
Entidad no vinculada
Entidad vinculada
Total
-- Utilidades/ (pérdidas) antes del impuesto sobre la renta
-- Impuesto sobre la renta pagado (criterio de caja)
-- Impuesto sobre la renta determinado – Año Informado
-- Capital declarado
-- Utilidades retenidas
-- Número de empleados
-- Activos tangibles distintos a efectivo y equivalentes a efectivo
Tabla 2. Lista de todas las Entidades Integrantes o Pertenecientes al Grupo Multinacional incluidas en cada agregación por jurisdicción fiscal
Encabezado:
-- Nombre del Grupo Multinacional
-- Año fiscal informado
Casillas:
-- Jurisdicción fiscal
-- Entidades Integrantes residentes en la jurisdicción fiscal
-- Jurisdicción fiscal de constitución u organización, si es distinta de la jurisdicción fiscal de residencia
-- Principal(es) actividad(es) económica(s)
Investigación y desarrollo
Titularidad o gestión de propiedad intelectual
Compras o suministros
Fabricación o producción
Ventas, comercialización o distribución
Servicios de administración, gestión o apoyo
Prestación de servicios a entidades no vinculadas
Finanzas internas del Grupo
Servicios financieros regulados
Seguros
Titularidad de acciones u otros instrumentos representativos de capital
Sin actividad
Otra: Indíquese la naturaleza de la actividad de la Entidad Integrante en la tabla "Información adicional".
Tabla 3. Información adicional
Encabezado:
-- Nombre del Grupo Multinacional
-- Año fiscal informado
Casilla única
Incluir de manera sucinta la información o explicaciones adicionales que se consideren necesarias o que faciliten la comprensión de la información consignada en las anteriores tablas.
Las instrucciones de diligenciamiento de las tablas anteriores a que se refiere el presente artículo están contenidas en el Anexo T6.1, el cual hace parte integral de esta resolución.
(Artículo 2o, Resolución 80 de 2019)