Micelio

Artículo 26

Adscrito Al Instituto Funcionará El Tribunal Del Deporte, Integrado Por Cinco (5) Miembros Nombrados Por El Ministro De Educación Nacional, De Listas Propuestas Por La Junta Directiva, Y Que Serán Personas De Reconocida Solvencia Moral, No Vinculados Actualmente A Cargos Directivos De Ninguna Asociación Deportiva

Decreto 2743 de 1968 · Por el cual se crean el Consejo Nacional y el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adscrito al Instituto funcionará el Tribunal del Deporte, integrado por cinco (5) miembros nombrados por el Ministro de Educación Nacional, de listas propuestas por la Junta Directiva, y que serán personas de reconocida solvencia moral, no vinculados actualmente a cargos directivos de ninguna asociación deportiva. Dicho Tribunal, según lo que determine por reglamentación el Ministerio, será tribunal de última instancia y tendrá la potestad de aplicar sanciones disciplinarias o recomendar al Gobierno las que correspondan a aquél en los casos de violación de las normas que regulan la organización nacional, según las normas legales, las reglamentaciones del Instituto y los convenios internacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1997
    C-226/97ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 2743 de 1968