Los ocupantes de lotes da terreno dentro de los bienes de la Nación denominados hacienda de Santo Domingo, San José de Sevilla, Fundación y de los terrenos reservados por la Nación para las minas de Muzo y Coscuez, y los adquiridos para las Salinas de Recetor y Pajarito, podrán dirigir memoriales al Ministro de Hacienda, debiendo acompañarlos da todos los datos necesarios para determinar los linderos, la cabida, las mejoras hachas y demas circunstancias que, el respectivo interesado, debe hacer constar , en cada caso.
Artículo 7
Los Ocupantes De Lotes Da Terreno Dentro De Los Bienes De La Nación Denominados Hacienda De Santo Domingo, San José De Sevilla, Fundación Y De Los Terrenos Reservados Por La Nación Para Las Minas De Muzo Y Coscuez, Y Los Adquiridos Para Las Salinas De Recetor Y Pajarito, Podrán Dirigir Memoriales Al Ministro De Hacienda, Debiendo Acompañarlos Da Todos Los Datos Necesarios Para Determinar Los Linderos, La Cabida, Las Mejoras Hachas Y Demas Circunstancias Que, El Respectivo Interesado, Debe Hacer Constar , En Cada Caso
Decreto 399 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 9a de 1923, que da unas autorizaciones al Gobierno y al Municipio de Toro, y se dictan providencias sobre administración de bienes nacionales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.