Micelio

Artículo 20

El Artículo Veintitrés Del Decreto 2928 De 1982, Quedará Así: "la Relación Entre El Capital Pagado Y Reservas Y El Total Del Pasivo Máximo Para Con El Público De Cada Corporación, Ambos Saneadas, No Podrá Exceder De 1 A 30

Decreto 1325 de 1983 · Por el cual se adoptan medidas en relación con el ahorro privado y se interviene en las actividades de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y del Banco Central Hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo veintitrés del Decreto 2928 de 1982, quedará así: "La relación entre el capital pagado y reservas y el total del pasivo máximo para con el público de cada Corporación, ambos saneadas, no podrá exceder de 1 a 30.

Parágrafo

Al final de cada mes la Superintendencia Bancaria verificará el cumplimiento de esta disposición y sancionará con una multa del tres por ciento (3%) sobre el defecto patrimonial necesario para que la relación se cumpla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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