Son funciones de la Junta Directiva
Formular la política general del Instituto de los planes y programas que le corresponde desarrollar.
Expedirlos estatutos del Instituto y adoptar las reformas que sean pertinentes sometiéndolos a la aprobación del Gobierno;
Expedir los reglamentos internos del organismo;
Determinar la estructura administrativa del Instituto y para tal efecto crear las dependencias que estime necesarias y los cargos requeridos, señalándoles las funciones respectivas con aprobación del Gobierno;
Fijar conforme a la Ley, las remuneraciones, primas y bonificaciones del personal al servicio del Instituto y someterlas a la aprobación del Gobierno;
Aprobar el presupuesto anual de ingresos, inversiones y gastos y efectuar los traslados presupuestales necesarios para la aprobación de los programas del Instituto;
Decidir sobre las operaciones financieras del Instituto y autorizar las inversiones del Instituto;
Fiscalizar administrativamente el movimiento de fondos, bienes y operaciones que efectúe el Instituto;
Autorizar o aprobar la contratación de empréstitos internos y externos de acuerdo con las disposiciones vigentes para lo cual la Nación podrá otorgarle su garantía;
Obtener la financiación del Instituto asegurándole ingresos suficientes y ejercer un control adecuado de los gastos;
Autorizar o aprobar todo acto o contrato del Instituto cuya cuantía exceda de quinientos mil pesos ($ 500.000.00). Cuando su valor sobrepase de dos millones de pesos ($ 2.000.000.00) se requiere además, la aprobación del Ministerio de Defensa.
Determinar los nombramientos de personal que puedan ser hechos por el Gerente y los que hayan de serlo por la Junta Directiva; ll. Fijar las tarifas para el arrendamiento de las viviendas fiscales; y
Las demás que señalen las disposiciones legales. DEL GERENTE