Acceso e interconexión entre operadores . Los operadores de servicios de telecomunicaciones, que utilicen sistemas de radiomensajes, podrán asociarse o celebrar contratos o convenios que permitan
El acceso de sus abonados suscriptores entre sus redes.
La interconexión entre las redes de operadores de radiomensajes. Lo anterior se deberá informar por escrito al Ministerio de Comunicaciones, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la celebración, sin perjuicio de lo previsto sobre la situación de dominio de mercado. Los operadores de servicios de telecomunicaciones, que utilicen sistemas de radiomensajes, podrán accesar a la red de telecomunicaciones del Estado o a otras redes de telecomunicaciones autorizadas.