Las sumas destinadas por el señor José Latuf para el sostenimiento de las becas de que trata el presente Decreto, serán consignadas al Contador Pagador del Ministerio de Educación, en cuenta especial, en moheda colombiana, al tipo de cambio oficial. Estas sumas quedarán libres de todo gravamen e impuesto.
Decreto 162 de 1949 →Vigente
Artículo 17
Las Sumas Destinadas Por El Señor José Latuf Para El Sostenimiento De Las Becas De Que Trata El Presente Decreto, Serán Consignadas Al Contador Pagador Del Ministerio De Educación, En Cuenta Especial, En Moheda Colombiana, Al Tipo De Cambio Oficial
Decreto 162 de 1949 · por el cual se acepta un ofrecimiento, se reglamenta un concurso y se fijan condiciones para disfrutar el beneficio de unas becas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.