Modificación de las garantías. Los beneficiarios de solicitudes de concesión, autorizaciones temporales u homologaciones deberán restablecer el valor de las garantías cuando este se haya visto reducido por reclamaciones de la entidad otorgante y en cualquier evento en que se adicione el valor del contrato, se prorrogue su término o haya variación en los valores que sirvieron de base para la determinación de la cuantía de la garantía.
Decreto 2400 de 2010 →Vigente
Artículo 16
Modificación De Las Garantías
Decreto 2400 de 2010 · por el cual se reglamentan el numeral 9.6 del artículo 9° y el artículo 12 de la Ley 1a de 1991 sobre garantías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.