Micelio

Artículo 13

Funciones Del Instituto Colombiano Agropecuario

Ley 1255 de 2008 · por la cual se declara de interés social nacional y como prioridad sanitaria la creación de un programa que preserve el estado sanitario de país libre de Influenza Aviar, así como el control y erradicación de la enfermedad del Newcastle en el territorio nacional y se dictan otras medidas encaminadas a fortalecer el desarrollo del sector avícola nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ICA. Serán funciones del ICA además a las inherentes, las siguientes:

a)

Atender y controlar oportunamente cualquier sospecha de enfermedad.

b)

Establecer las medidas de control necesarias para la atención de cualquier emergencia sanitaria.

c)

Controlar y regular la movilización de aves y sus productos en el territorio nacional en el caso de detectarse un foco o brote.

d)

Realizar la vigilancia epidemiológica activa y pasiva en especies susceptibles de presentar la enfermedad de Influenza Aviar o Newcastle.

e)

Realizar en forma permanente, a nivel nacional, el diagnóstico diferencial de la enfermedad.

f)

Coordinar la ejecución en el territorio nacional de los convenios sanitarios suscritos y que se suscriban con entidades nacionales e internacionales, tendientes a apoyar las actividades previstas en el marco de la presente ley.

g)

Recopilar, procesar y analizar, mediante el desarrollo de un sistema de información y vigilancia, los datos necesarios que permitan conocer oportunamente el estado sanitario del país respecto de la Influenza Aviar y el Newcastle.

h)

Realizar tareas de capacitación, divulgación y educación acerca de la Influenza Aviar y el Newcastle.

i)

Desarrollar y mantener un sistema de información que le permita a la industria avícola tener conocimiento sobre el grado de avance de los proyectos, así como de las situaciones de emergencia de forma oportuna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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