La Comisión aquí integrada tiene un carácter permanente. La periodicidad de sus reuniones, el período de participación de sus miembros, el mecanismo para su designación y, en general, las actividades que realice se desarrollarán de conformidad con lo que disponga el reglamento interno que ella adopte.
Para el cumplimiento de sus funciones la comisión podrá invitar a sus reuniones a los servidores públicos o personas que considere conveniente.