Micelio

Artículo 2

º

Decreto 407 de 1950 · Por el cual se destinan las utilidades resultantes de la acuñación y reacuñación de monedas y se concede una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Con el fin de incorporar en el Presupuesto vigente los nuevos recursos de que trata el artículo anterior, facúltase al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para abrir al mismo los créditos adicionales correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 407 de 1950