Micelio

Artículo 29

Distribución De Las Compensaciones Derivadas De La Explotación De Hidrocarburos

Ley 756 de 2002 · por la cual se modifica la Ley 141 de 1994, se establecen criterios de distribución y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 48 de la Ley 141 de 1994 quedará así:

"Artículo 48. Distribución de las compensaciones derivadas de la explotación de hidrocarburos. LasCompensaciones Monetarias derivadas de la explotación de hidrocarburos, se distribuirán así:

Departamentos productores

Departamentos productores

22%

Municipios o distritos productores

10%

Municipios o distritos portuarios

Empresa Industrial y Comercial del Estado, Ecopetrol, o quien haga sus veces

50%

Corporación Autónoma Regional en cuyo territorio se efectúen las explotaciones

10%

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2003
    C-251/03ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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