º. Con cargo al fondo que se crea por el artículo anterior, el Consulado General de Colombia en Nueva York atenderá el pago de los pedidos hechos o que haga la Dirección General de Bienes y Comercio del Ministerio de Obras Públicas, ciñéndose para ello a las condiciones pactadas en los respectivos pedidos, y conforme instrucciones que en cada caso le imparta la nombrada Dirección de Bienes y Comercio del Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 2
Con Cargo Al Fondo Que Se Crea Por El Artículo Anterior, El Consulado General De Colombia En Nueva York Atenderá El Pago De Los Pedidos Hechos O Que Haga La Dirección General De Bienes Y Comercio Del Ministerio De Obras Públicas, Ciñéndose Para Ello A Las Condiciones Pactadas En Los Respectivos Pedidos, Y Conforme Instrucciones Que En Cada Caso Le Imparta La Nombrada Dirección De Bienes Y Comercio Del Ministerio De Obras Públicas
Decreto 907 de 1942 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre compras en el Exterior por medio del Fondo Rotatorio del Ministerio de Obras Pública
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.