º Para el cumplimiento del objeto señalado en el artículo anterior el Icetex ejercerá las siguientes funciones de acuerdo con lo señalado en los Decretos 3155 de 1968, 2129 de 1992 y 1953 de 1994
Conceder crédito para la realización de estudios dentro del país o en el exterior cuando se justifique por razón de un mayor desarrollo científico, tecnológico y cultural;
Tramitar oficialmente las solicitudes de asistencia técnica y cooperación internacional relacionada con becas de estudio y entrenamiento en el exterior que deseen presentar los organismos públicos nacionales ante los gobiernos extranjeros y los organismos internacionales;
Recibir las ofertas de becas extranjeras que se hagan al país con el fin de divulgar dichos programas y colaborar en la óptima selección de los aspirantes; d) ofrecer orientación profesional para realizar estudios en el exterior; e) Administrar los fondos públicos destinados a cubrir los gastos de estudios en el exterior de los funcionarios del Estado con las excepciones que el Decreto Reglamentario determine; f) Administrar los fondos de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, destinados a la financiación de estudiantes colombianos en el país y en el exterior; g) Autorizar la compra de divisas extranjeras para estudiantes domiciliados en Colombia que deseen realizar en el exterior estudios por cuenta propia conforme a la reglamentación sobre la materia; h) Administrar el programa de becas del Gobierno de Colombia en el exterior para artistas nacionales; i) Administrar los Fondos destinados a financiar los programas de becas para estudiantes extranjeros que deseen adelantar estudios en Colombia, y colaborar con estos en la realización de sus programas; j) Ejercer supervisión académica sobre los estudiantes que gocen de los servicios de la Institución tanto dentro del país como en el exterior; k) Coordinar la oferta y la demanda de personal especializado en el exterior para satisfacer requerimientos de recursos humanos; l) Patrocinar la venida al país de personal extranjero altamente calificado que pueda contribuir al desarrollo de la educación nacional; ll) Promover y colaborar en la realización de investigaciones sobre recursos y requerimientos de personal de alto nivel en el país; m) Promover el intercambio estudiantil a nivel internacional; n) Administrar por contrato o delegación los Fondos destinados al sostenimiento de becas y préstamos para la educación media y superior; ñ) Dirigir, organizar y controlar el Colegio Mayor Miguel Antonio Caro, con sede en Madrid, España y los demás programas de bienestar estudiantil que establezca el Gobierno para estudiantes colombianos en el exterior; o) Captar fondos provenientes del ahorro privado y reconocer intereses sobre los mismos; p) Emitir, colocar y mantener en circulación Títulos de Ahorro Educativo T.A.E. para estudios de pregrado y postgrado en el país y en el exterior; q) Celebrar operaciones de crédito interno y externo, relacionadas con su objeto con sujeción a las leyes sobre la materia; r) Administrar los programas que el gobierno nacional, en desarrollo de la política social confía al Icetex para promover el financiamiento de la educación superior; s) Constituir un Fondo con el objeto de garantizar las obligaciones con terceros, provenientes de las captaciones autorizadas por la Ley 18 de 1988; t) Ser garante de los préstamos otorgados por el sector financiero a los estudiantes de Educación Superior de escasos recursos económicos, a través de un fondo creado con recursos del Presupuesto Nacional; u) Fomentar el estudio de idiomas extranjeros; v) Efectuar estudios y encuestas sobre la calidad de sus servicios y adelantar las investigaciones necesarias para el cumplimiento de su objeto y divulgar sus programas y servicios; w) Administrar los subsidios para la educación; x) Asesorar a las demás entidades del sector de la educación en la administración financiera de los recursos para la educación.
Para la adjudicación de los créditos y las becas el Icetex tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes parámetros
Excelencia académica;
Escasez de recursos económicos del estudiante;
Distribución regional en proporción al número de estudiantes;
Distribución adecuada para todas las áreas del conocimiento. CAPITULO III. Órganos de dirección y administración