Las Comisiones Pueden Ser: A) De Servicio, Para Ejercer Las Funciones Propias Del Empleo En Un Lugar Diferente Al De La Sede Del Cargo, Cumplir Misiones Especiales Conferidas Por Los Superiores, Asistir A Reuniones, Conferencias O Seminarios, O Realizar Visitas De Observación Que Interesen A La Contraloría Y Que Se Relacionen Con El Ramo En Que Presta Sus Servicios El Empleado
Decreto 937 de 1976 · Por el cual se expide el Estatuto de Personal para los empleados de la Contraloría General de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las comisiones pueden ser
a)
De servicio, para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, o realizar visitas de observación que interesen a la Contraloría y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado.
b)
Para adelantar estudios.
c)
Para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, cuando el nombramiento recaiga en un funcionario escalafonado en Carrera Administrativa.
d)
Para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de instituciones privadas.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.