Créase El Comité Evaluador De Casos, (En Adelante El Comité) Encargado De Evaluar Y Decidir Las Solicitudes Que Serán Atendidas Con Los Recursos Del Fondo Especial Para Las Migraciones -Fem-, El Cual Estará Conformado Por Los Miembros De La Comisión Nacional Intersectorial De Migración, El Director Administrativo Y Financiero, El Coordinador Del Grupo Interno De Trabajo De Asistencia A Connacionales, El Coordinador Del Grupo Interno De Trabajo Colombia Nos Une Y El Coordinador Del Grupo Interno De Trabajo De Control Interno De Gestión Del Ministerio De Relaciones Exteriores
Decreto 4976 de 2011 · por medio del cual se reglamenta el "Fondo Especial para las Migraciones" del Sistema Nacional de Migraciones y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Créase el Comité Evaluador de Casos, (en adelante el Comité) encargado de evaluar y decidir las solicitudes que serán atendidas con los recursos del Fondo Especial para las Migraciones -FEM-, el cual estará conformado por los Miembros de la Comisión Nacional Intersectorial de Migración, el Director Administrativo y Financiero, el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Asistencia a Connacionales, el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Colombia Nos Une y el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Parágrafo 1
El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión tendrá voz pero no voto.
Parágrafo 2
Habrá quórum deliberatorio y decisorio con la asistencia de la mitad más uno de los miembros deliberantes del Comité, siempre y cuando a la reunión programada asista como mínimo la mitad de los miembros de la Comisión Nacional Intersectorial de Migración. Las decisiones serán aprobadas por mayoría absoluta.
Parágrafo 3
El Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano presidirá el Comité y podrá convocar a otras dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores u otras entidades a participar de las reuniones del mismo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.