Son Obligaciones Del Personal Directivo, Técnico Y De Supervisión: A) Cumplir Personalmente Y Hacer Cumplir Al Personal Bajo Sus Órdenes, Lo Dispuesto En El Presente Reglamento Y Sus Disposiciones Complementarias, Así Como Las Normas, Instrucciones Y Cuanto Específicamente Estuviere Establecido En La Empresa, Sobre Seguridad E Higiene Del Trabajo; B) Prohibir O Suspender Según Sea El Caso, Los Trabajos En Que Se Advierta Peligro Inminente De Accidentes O De Otros Riesgos Profesionales, Cuando No Sea Posible El Empleo De Los Medios Adecuados Para Evitarlos; C) Intervenir Con El Personal Bajo Sus Órdenes En La Extinción De Incendios Y Salvamento Minero, Según Los Planes Previamente Establecidos
Decreto 1335 de 1987 · mediante el cual se expide el reglamento de seguridad de las labores subterráneas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Son obligaciones del personal directivo, técnico y de supervisión
a)
Cumplir personalmente y hacer cumplir al personal bajo sus órdenes, lo dispuesto en el presente reglamento y sus disposiciones complementarias, así como las normas, instrucciones y cuanto específicamente estuviere establecido en la empresa, sobre seguridad e higiene del trabajo;
b)
Prohibir o suspender según sea el caso, los trabajos en que se advierta peligro inminente de accidentes o de otros riesgos profesionales, cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos;
c)
Intervenir con el personal bajo sus órdenes en la extinción de incendios y salvamento minero, según los planes previamente establecidos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.