° De acuerdo con la Ley 3ª de 1972 el Gobierno de la República de Colombia, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General de Crédito Público-, procederá a efectuar una emisión de bonos o títulos de deuda pública externa denominados "Bonos de Deuda Externa del 8 ¼ %) con Fondo de Amortización y pagaderos en 1988", por valor de veinte millones de dólares (US$20.000.000), de los Estados Unidos de América.
Decreto 25 de 1973 →Vigente
Artículo 1
De Acuerdo Con La Ley 3ª De 1972 El Gobierno De La República De Colombia, Por Conducto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público -Dirección General De Crédito Público-, Procederá A Efectuar Una Emisión De Bonos O Títulos De Deuda Pública Externa Denominados "bonos De Deuda Externa Del 8 ¼ %) Con Fondo De Amortización Y Pagaderos En 1988", Por Valor De Veinte Millones De Dólares (Us$20
Decreto 25 de 1973 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de unos Bonos de Deuda Pública Externa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.