En las Cárceles y Penitenciarías sólo se permiten conferencias o proyecciones cinematográficas instructivas y educativas, con la prohibición absoluta de que asestan a ellas personas extrañas diferentes de las encargadas de las conferencias o de las proyecciones. CAPITULO II Personal de la administración carcelaria y penitenciaria .
Decreto 1405 de 1934 →Vigente
Artículo 24
En Las Cárceles Y Penitenciarías Sólo Se Permiten Conferencias O Proyecciones Cinematográficas Instructivas Y Educativas, Con La Prohibición Absoluta De Que Asestan A Ellas Personas Extrañas Diferentes De Las Encargadas De Las Conferencias O De Las Proyecciones
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.