Micelio

Artículo 6

El Ministerio De Industrias Procederá A Hacer Una Compilación Y Publicación De Todas Las Disposiciones Y Decretos Vigentes Sobre Baldíos, Bosques Nacionales Y Aguas De Uso Público, De Suerte Que Los Inspectores Conozcan Las Disposiciones Que Rijan Sobre La Materia

Decreto 1300 de 1928 · Por el cual se crean diez (10) Inspectores de bosques nacionales, baldíos y aguas de uso público, dependientes del Ministerio de Industrias, se determinan sus funciones, se nombra el personal correspondiente y se señalan sueldos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de Industrias procederá a hacer una compilación y publicación de todas las disposiciones y decretos vigentes sobre baldíos, bosques nacionales y aguas de uso público, de suerte que los Inspectores conozcan las disposiciones que rijan sobre la materia. Mientras se hace esta publicación, el Superintendente de bosques dará a cada Inspector un memorando de tales disposiciones que les sirva de norma a sus actividades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1300 de 1928