º. El Ministerio de Industrias procederá a hacer una compilación y publicación de todas las disposiciones y decretos vigentes sobre baldíos, bosques nacionales y aguas de uso público, de suerte que los Inspectores conozcan las disposiciones que rijan sobre la materia. Mientras se hace esta publicación, el Superintendente de bosques dará a cada Inspector un memorando de tales disposiciones que les sirva de norma a sus actividades.
Decreto 1300 de 1928 →Vigente
Artículo 6
El Ministerio De Industrias Procederá A Hacer Una Compilación Y Publicación De Todas Las Disposiciones Y Decretos Vigentes Sobre Baldíos, Bosques Nacionales Y Aguas De Uso Público, De Suerte Que Los Inspectores Conozcan Las Disposiciones Que Rijan Sobre La Materia
Decreto 1300 de 1928 · Por el cual se crean diez (10) Inspectores de bosques nacionales, baldíos y aguas de uso público, dependientes del Ministerio de Industrias, se determinan sus funciones, se nombra el personal correspondiente y se señalan sueldos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.